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¿Cuándo los legatarios son considerados herederos en la Ciudad de México

¿Cuándo los legatarios son considerados herederos en la Ciudad de México
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En la Ciudad de México, el Código Civil establece en su artículo 1286 que cuando toda la herencia se distribuya en legados, los legatarios serán considerados como herederos. Pero, ¿qué significa esto en términos prácticos?

En primer lugar, es importante comprender la diferencia entre heredero y legatario. Un heredero adquiere la propiedad de todos los bienes y derechos del fallecido, mientras que un legatario solo recibe un bien o derecho específico, como una casa, una suma de dinero o una obra de arte.

Cuando toda la herencia se distribuye en legados, no hay herederos propiamente dichos, sino solo legatarios. En este caso, los legatarios adquieren la propiedad de los bienes y derechos de la herencia de manera similar a como lo harían los herederos.

Sin embargo, hay algunas diferencias importantes a tener en cuenta. Por ejemplo, los legatarios solo reciben los bienes o derechos que se les han legado, mientras que los herederos adquieren la propiedad de todos los bienes y derechos del fallecido, incluyendo los que no hayan sido mencionados expresamente en el testamento.

Otra diferencia es que los legatarios no tienen la responsabilidad de pagar las deudas del fallecido, a menos que se haya establecido expresamente en el testamento. En cambio, los herederos sí tienen esa responsabilidad, y deben pagar las deudas con los bienes de la herencia antes de poder repartirla entre ellos.

En resumen, cuando toda la herencia se distribuye en legados, los legatarios son considerados como herederos y adquieren la propiedad de los bienes y derechos de la herencia de manera similar a como lo harían los herederos. Sin embargo, hay algunas diferencias importantes a tener en cuenta, como la responsabilidad de pagar las deudas del fallecido.

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